Contratos · 8 min

Contrato de arrendamiento: qué debe incluir

Las cláusulas básicas de un contrato de arrendamiento: partes, renta, frecuencia de pago, depósito, duración, aumentos y terminación. Lista para revisar.

Un buen contrato de arrendamiento no es el más largo ni el que tiene más palabras legales. Es el que responde, por escrito y sin ambigüedad, las preguntas que tarde o temprano van a surgir: cuánto se paga, cuándo, cada cuánto, quién arregla qué, qué pasa si alguien incumple y cómo termina.

Esta guía te da una lista práctica de lo que un contrato debería cubrir. No reemplaza a un abogado: cada país tiene sus propias leyes de arrendamiento, y algunas cláusulas solo funcionan si están redactadas de cierta forma. Úsala para revisar tu contrato o para llegar preparado a la consulta.

Por qué un contrato escrito

Un acuerdo de palabra puede funcionar durante años, hasta el día en que no. Cuando hay un desacuerdo sobre el monto, la fecha o la duración, sin papel es tu memoria contra la del inquilino. Un contrato escrito protege a los dos: al propietario, porque fija lo que se le debe; al inquilino, porque fija lo que no se le puede cambiar sin su acuerdo.

Una advertencia sobre las plantillas: muchas de las que circulan en internet están hechas para España y citan leyes que no aplican en Latinoamérica. Sirven como inspiración, pero hay que adaptarlas.

Lo básico: quién, qué y dónde

Las partes

Nombre completo, documento de identidad y datos de contacto (teléfono y correo) de quien renta y de quien arrienda. Si hay aval, codeudor o fiador, también sus datos. Si el propietario es una empresa, el nombre de su representante legal.

El inmueble

Dirección completa, número de unidad y una descripción breve: qué espacios tiene, si incluye estacionamiento o bodega, si está amueblado. Si está amueblado, adjunta un inventario.

Lugar y fecha de firma

Parece un detalle, pero define desde cuándo corre el contrato y, en algunos casos, qué ley local aplica.

El dinero: renta, frecuencia y forma de pago

Monto de la renta

Escríbelo en número y en letra, con la moneda. Si la renta está en una unidad indexada (como la UF en Chile) o en una moneda distinta a la local, dilo expresamente.

Frecuencia de cobro

No todos los contratos se cobran cada mes. Algunos propietarios cobran cada dos meses, cada tres, cada seis o una vez al año, a veces con un pequeño descuento por pagar por adelantado. Lo que importa es que el contrato diga:

  • Cada cuánto se paga: mensual, bimestral, trimestral, semestral, anual u otro periodo.
  • Cuánto se paga en cada periodo (no solo el equivalente mensual).
  • Qué día vence cada pago.

El gráfico de ejemplo compara una renta anual de $60,000 cobrada cada mes y cada trimestre. El total del año es el mismo, pero el ritmo cambia: con el cobro trimestral recibes más dinero de golpe, y si un pago falla, falla por tres meses de una vez. Elige la frecuencia que te dé tranquilidad a ti y que el inquilino pueda cumplir.

Mismo ingreso anual, distinto ritmo de cobro

$ acumulados
Mismo ingreso anual, distinto ritmo de cobroGráfico escalonado de ingresos acumulados en un año de ejemplo. El cobro mensual sube 5,000 cada mes; el trimestral sube 15,000 en enero, abril, julio y octubre. Ambos terminan en 60,000.$0$20,000$40,000$60,000$60,000EneFebMarAbrMayJunJulAgoSepOctNovDic
  • Mensual ($5,000 cada mes)
  • Trimestral ($15,000 cada tres meses)
Mismo ingreso anual, distinto ritmo de cobro
CategoríaMensual ($5,000 cada mes)Trimestral ($15,000 cada tres meses)
Ene$5,000$15,000
Feb$10,000$15,000
Mar$15,000$15,000
Abr$20,000$30,000
May$25,000$30,000
Jun$30,000$30,000
Jul$35,000$45,000
Ago$40,000$45,000
Sep$45,000$45,000
Oct$50,000$60,000
Nov$55,000$60,000
Dic$60,000$60,000
Ejemplo con una renta anual de $60,000. Cobrando cada mes o cada trimestre, el total del año es el mismo; lo que cambia es cuándo entra el dinero y cuánto se arriesga si un pago falla.

Forma de pago

Transferencia, depósito o efectivo, y a qué cuenta. Escribe los datos completos para que nadie dude de dónde ni cómo se paga.

Recibos

Indica que cada pago tendrá su recibo. En recibo de renta: qué datos debe llevar tienes los datos mínimos.

Atrasos

Qué pasa si el pago llega tarde: si hay días de tolerancia y si se aplica algún cargo. Ten en cuenta que algunos países limitan los intereses o penalidades que se pueden cobrar, así que confirma que la cláusula sea válida donde está el inmueble.

La garantía

Depósito

Monto, para qué sirve, qué se puede descontar al final y en qué plazo se devuelve. Revisa la ley local: en Colombia, por ejemplo, la ley prohíbe exigir depósitos en efectivo en contratos de vivienda urbana. Lo explicamos en depósito de garantía.

Aval, codeudor o póliza

Si los hay, quién es, qué responde y hasta cuándo. Que firme el mismo contrato, no un papel aparte.

El tiempo: duración, aumentos y renovación

Duración

Fecha de inicio y fecha de fin, o la duración en meses. Un contrato sin fecha de fin es más difícil de terminar de forma ordenada.

Aumentos de renta

Cómo y cuándo se ajusta la renta. Lo más claro es atarla a un dato público, como la inflación oficial del país, y aplicarla en el aniversario del contrato. En Colombia, la ley pone un tope al aumento anual de la vivienda urbana. Lo explicamos en aumento de renta.

Renovación y aviso de terminación

Qué pasa cuando llega la fecha de fin: si se renueva solo, por cuánto tiempo y con cuánta anticipación debe avisar cada parte si no quiere seguir. En qué hacer 60 días antes de que venza un contrato explicamos cómo prepararte.

La convivencia: uso, servicios y mantenimiento

Uso del inmueble

Para qué se puede usar (solo vivienda, o también un pequeño negocio), cuántas personas pueden vivir y si se aceptan mascotas.

Servicios y gastos

Quién paga agua, luz, gas, internet y cuotas de mantenimiento o administración. Si algún servicio está a nombre del propietario, cómo se reembolsa.

Reparaciones

Quién arregla qué. Una regla común es que el inquilino se encarga de lo que se rompe por el uso diario (un foco, una llave que gotea) y el propietario de lo estructural (techo, tuberías, instalación eléctrica), pero lo importante es que el contrato lo diga. Más detalle en quién paga qué en las reparaciones.

Subarriendo y visitas

Si el inquilino puede subarrendar o no, y con cuánta anticipación debe avisar el propietario antes de entrar al inmueble para una revisión.

El final: terminación y entrega

Causas de terminación anticipada

Qué incumplimientos permiten terminar el contrato antes de tiempo (por ejemplo, falta de pago) y si hay una penalidad por salir antes.

Entrega del inmueble

En qué estado se debe devolver, con referencia al inventario inicial, y cómo se liquidan el depósito y los servicios pendientes.

Antes de firmar: una revisión rápida

Lee el contrato con el inquilino y confirma que los dos entienden lo mismo. Un mensaje de cierre ayuda a que quede constancia:

Hola, Javier. Te comparto el contrato del departamento 4 para que lo revises con calma. Resumen: renta de $15,000 por trimestre, con vencimiento el día 5 de enero, abril, julio y octubre; depósito de $5,000; contrato por 12 meses desde el 1 de enero. Si algo no te queda claro, lo vemos antes de firmar.

Una vez firmado, el contrato tiene que estar a mano: cuando llega un pago, un aumento o un vencimiento, vas a necesitar consultarlo.

Rentia hace esto por tiEn Rentia, cada contrato guarda su monto, su frecuencia de cobro (mensual, bimestral, trimestral, semestral, anual o personalizada) y su depósito; el saldo se calcula solo y te avisa a los 60 y a los 30 días antes de que venza. Puedes probarlo gratis con una propiedad y dos unidades, sin tarjeta.Crear cuenta gratis

Preguntas frecuentes

En varios países un acuerdo verbal puede tener validez, pero es mucho más difícil de probar. Si hay un desacuerdo sobre el monto, la fecha de pago o la duración, sin papel es tu palabra contra la del inquilino. Un contrato escrito y firmado protege a los dos.

Depende del país y de lo que quieras lograr. En muchos casos un contrato firmado por ambas partes es suficiente, pero algunos procedimientos exigen firmas legalizadas; por ejemplo, en Perú el desalojo con intervención notarial requiere cláusulas específicas en el contrato (Ley 30933). Consulta a un abogado o notario local.

Sí, si ambas partes lo acuerdan y queda escrito en el contrato. Lo importante es que el contrato diga el monto de cada periodo, la frecuencia (mensual, bimestral, trimestral, semestral o anual) y la fecha de pago.

Como punto de partida, sí. Pero muchas plantillas que circulan están hechas para otro país, sobre todo España, y citan leyes que no aplican en Latinoamérica. Adáptala a tu país y, si puedes, pide a un abogado que la revise una vez.

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